ARCHIVO 2010 de CORREPI y presentado en noviembre de 2010
Recopilación de casos de personas asesinadas por el aparato represivo del estado 1983/2010
Una vez al año, desde 1996, CORREPI, acompañando su tarea
militante diaria, presenta el Archivo de Casos de Personas Asesinadas por las
Fuerzas de Seguridad del Estado. Con estos datos nos proponemos mostrar que el
alcance y la extensión de la represión que padece el pueblo, responde a una
política de estado. Un estado dividido en clases, que necesita de la
explotación de la amplia mayoría del pueblo por una reducida minoría, y que,
para poder garantizarla, inevitablemente hace uso de la violencia y la represión. Esta
sistematicidad de la represión queda evidenciada cuando vemos que todos los
gobiernos, sean de la procedencia que sean, como administradores de este estado
de clase, garantizan el disciplinamiento y el orden social con la represión,
que puede adquirir, según las circunstancias, distintas modalidades, pero cuyo
denominador común es la sistematicidad.
El caso de un gobierno como el de los Kirchner es
paradigmático en este sentido. Frente a su autoproclamación como gobierno
“defensor de los DDHH”, se contraponen los datos concretos que evidencian la
efectividad de su política represiva. Gracias a su demagogia, ha logrado una
importante legitimación que silencia, aún más, el alcance de su eficacia
represiva: Son 3.093 los datos confirmados de personas asesinadas por el estado
desde diciembre de 1983 a
noviembre de 2010. De ellas, 1.633 fueron muertas bajo la administración del
gobierno de los Kirchner. Hasta 2009, el año 2001 había sido el año con mayor
registro de muertes a manos del estado, con 242 casos. Pero en 2009 las fuerzas
de seguridad estatales mataron 253 personas; y en los 12 meses transcurridos
desde que presentamos el Archivo 2009, registramos 219 casos. Se evidencia,
así, que la represión de la clase dominante es aún mayor en momentos de
cíclicas crisis del capitalismo.
Este Archivo no es un pulido trabajo estadístico por muchos
motivos. El fundamental es que, a pesar de que perfeccionamos cada año los mecanismos
de búsqueda y procesamiento de datos, la creciente invisibilización de los
episodios represivos, especialmente los que afectan a los sectores sociales más
vulnerables, hace que no lleguemos a conocer infinidad de casos. Es imposible
calcular la “cifra negra” del gatillo fácil y de las muertes en cárceles y
comisarías o por la
tortura. Sólo podemos afirmar que, permanentemente,
incorporamos, además de los casos ocurridos en el año en curso, otros de años
anteriores, comprobando, en la práctica, que muchos homicidios perpetrados
desde el estado no trascienden siquiera en esta humilde base de datos.
En segundo lugar, este no es un trabajo destinado solamente
a cruzar datos y obtener gráficos, aunque contar con esos elementos
demostrativos del alcance de la represión estatal sea sumamente útil y permita
acceder a una realidad que padecemos a diario, pero que los distintos gobiernos
ocultan con el fin de mantener su legitimidad. Con la confección del Archivo,
CORREPI se propone generar una herramienta que sirva a la organización y la
lucha antirrepresiva, poniendo a disposición de militantes, organizaciones,
periodistas, y la sociedad en su conjunto, un reflejo de lo que es el día a día
represivo en nuestro país.
El objetivo de este Archivo, de su permanente actualización
y de su presentación pública cada año, no es, entonces, contribuir a un simple
lamento por la creciente cantidad de pibes muertos. Nuestro fin es aportar al
análisis de la situación que vive nuestro país, contribuyendo a formar
conciencia popular sobre la represión cotidiana como política de estado.
Porque, adopte la forma que adopte, la represión es siempre de clase, y tiene
la finalidad de perpetuar y profundizar la explotación.
Las pautas que utilizamos para la construcción del Archivo
son las siguientes:
1. Incluimos todo caso que implique la aplicación de política represiva estatal y la utilización de los recursos del aparato estatal cuyo resultado sea la muerte de la víctima.
2. Respecto de los victimarios, incluimos todo caso en que los responsables sean miembros de las agencias represivas del estado: policía federal, policías provinciales, gendarmería, prefectura, servicio penitenciario, seguridad “privada” o fuerzas armadas.
3. No incluimos enfrentamientos reales.
4. Incluimos todas las modalidades represivas que utilizan los gobiernos. A los fines estadísticos, las clasificamos en: gatillo fácil (fusilamientos); muertes en cárceles y comisarías (que en buena medida corresponden a la aplicación de tormentos); fusilamientos en movilizaciones u otras protestas; muertes intrafuerza o intrafamiliares (casos en que el autor utiliza, para “resolver” un conflicto interno o familiar, los recursos represivos que le provee el estado); causas fraguadas, o consecuencia de otros delitos; otras circunstancias (desapariciones, etc.).
5. Cerramos la búsqueda de datos entre fin de octubre y principios de noviembre, de modo que buena parte de noviembre y todo diciembre se incluyen en el Archivo siguiente.
1. Incluimos todo caso que implique la aplicación de política represiva estatal y la utilización de los recursos del aparato estatal cuyo resultado sea la muerte de la víctima.
2. Respecto de los victimarios, incluimos todo caso en que los responsables sean miembros de las agencias represivas del estado: policía federal, policías provinciales, gendarmería, prefectura, servicio penitenciario, seguridad “privada” o fuerzas armadas.
3. No incluimos enfrentamientos reales.
4. Incluimos todas las modalidades represivas que utilizan los gobiernos. A los fines estadísticos, las clasificamos en: gatillo fácil (fusilamientos); muertes en cárceles y comisarías (que en buena medida corresponden a la aplicación de tormentos); fusilamientos en movilizaciones u otras protestas; muertes intrafuerza o intrafamiliares (casos en que el autor utiliza, para “resolver” un conflicto interno o familiar, los recursos represivos que le provee el estado); causas fraguadas, o consecuencia de otros delitos; otras circunstancias (desapariciones, etc.).
5. Cerramos la búsqueda de datos entre fin de octubre y principios de noviembre, de modo que buena parte de noviembre y todo diciembre se incluyen en el Archivo siguiente.
Algunas conclusiones:
Este año se evidencia un avance cuantitativo y cualitativo
en la represión que llamamos “selectiva”, es decir, la que se descarga contra
las organizaciones y militantes populares. En “democracia”, son 56 los
asesinados en movilizaciones populares, cifra que muestra claramente cuál es la
respuesta de los diferentes gobiernos de turno ante los reclamos del pueblo:
Víctor Choque en 1995, Teresa Rodríguez en 1997, los muertos en la masacre del
puente de Corrientes en 1999, los 39 muertos en la represión del 19 y 20 de
diciembre de 2001, Darío Santillán y Maxi miliano
Kosteki en el puente Pueyrredón en 2002, Luis Cuéllar en 2003, Carlos
Fuentealba en 2007 y Juan Carlos Erazo en 2008. En 2010, cuatro manifestantes
fueron asesinados mientras participaban de una movilización: Facundo Vargas (Pacheco), Nicolás Carrasco
(Bariloche), Sergio Cárdenas (Bariloche) y Mariano Ferreyra (Ciudad de Buenos
Aires). Los tres primeros, en marchas contra el gatillo fácil (caso Villanueva,
el primero, y Bonefoi, los dos restantes). Mariano Ferreyra, militante del
Partido Obrero, fue asesinado cuando, junto a su organización, acompañaba una
medida de fuerza de los trabajadores ferroviarios tercerizados.
Mucho más ocultas se mantienen las cifras que corresponden a
los ajusticiamientos del gatillo fácil y las muertes por la tortura en
cárceles, comisarías e institutos de menores. Es la represión de tipo
“preventivo” que se aplica con mayor sistematicidad, que tiene por objeto
controlar y disciplinar a los sectores pobres no organizados, sin otro criterio
de selectividad que la pertenencia de clase.
Los números confirman que, en la Argentina “democrática”,
una vez finalizado el trabajo encomendado a los militares de la última
dictadura, la represión cambió de forma para adaptarse a las necesidades del
nuevo sistema político. A partir de 1983, ya no se reprimiría tanto en forma
abierta y selectiva, sino silenciosamente, con masividad y sin repercusión
pública. La dictadura cumplió la tarea, iniciada años antes, de aniquilar la
resistencia de trabajadores organizados altamente combativos, de organizaciones
revolucionarias y de grupos políticos radicalizados. Reemplazados los gobiernos
militares por los “presentables” gobiernos “democráticos”, cobró central
importancia esta “represión preventiva”, cuyo objetivo es disciplinar a la
clase de cuyo seno surgen la resistencia y la confrontación. Así ,
los gobiernos que administran el estado argentino tratan de garantizar que
“Nunca Más” el sistema de explotación capitalista sea cuestionado seriamente en
el país. Qué mejor, para alcanzar ese fin, que atemorizar al pueblo por medio
de castigos ejemplares aplicados cotidianamente, potenciados por un alto grado
de naturalización hacia el interior de la clase reprimida, y de
invisibilización hacia afuera.
Si la pertenencia a la clase trabajadora es la regla casi
absoluta, al punto que los pocos casos registrados de víctimas de clase media o
alta afectan a quienes estaban en el lugar, con la ropa o el aspecto
“equivocados”, el análisis del componente etario permite ratificar que los jóvenes
son el blanco favorito de esa política preventiva. Los jóvenes son el sector
con mayor potencialidad de rebeldía, y, por ende, quienes primero y más
profundamente deben ser disciplinados. Más de la mitad del total (53%)
corresponde a la franja de varones pobres de menos de 25 años.
La distribución territorial de los casos, aun haciendo
abstracción de que hay distritos de los que tenemos ninguna o poquísima
información, ratifica que el gatillo fácil y la tortura no son patrimonio de
una provincia o una fuerza, sino que son utilizados en todo el país, cualquiera
sea el color del gobierno local, con expresa preferencia por los grandes
conglomerados urbanos que concentran el mayor índice de pobreza, y, por lo
tanto, tienen una mayor necesidad de prevenir la potencial organización popular
contestataria. Como se aprecia en los gráficos, la distribución de casos en
proporción a la población de cada provincia licua la hegemonía bonaerense,
destruyendo el mito de que el gatillo fácil es sólo o mayoritariamente herramienta
de los “patas negras”, que quedan equiparados, y hasta superados, según el
caso, por sus colegas de otras fuerzas o provincias. Igualmente ilustrativo es
el cuadro comparativo de ciudades de con gobiernos locales de distinto signo
político.
Otra conclusión que surge del estudio de los datos objetivos
es que, como dice CORREPI, “no hay purga que pare el gatillo fácil”, ni se
puede atribuir superficialmente la continuidad y profundización represiva a
“resabios de la dictadura, a “desbordes individuales” o a “planes de estudio
inadecuados con poca formación en DDHH”. Es significativa la cantidad de hechos
protagonizados por “nuevos cuadros” de las estructuras que, una y otra vez, han
sido reformadas, purgadas, descabezadas, capacitadas y sometidas a cursos y
talleres de DDHH, muchas veces dictados por dirigentes de ONGs que apuestan a
la posibilidad de la “democratización” del aparato represivo del estado.
Se observa, a partir del último tercio de los ’90, que los
integrantes de otras fuerzas de seguridad, como prefectura naval o gendarmería,
aparecen con mayor frecuencia como victimarios. Ello responde linealmente a la
creciente presencia de estas fuerzas, otrora limitadas a las fronteras o los
cursos fluviales, en el patrullaje urbano, participando activamente en el
control territorial. Gendarmería ha sido también, desde mediados de los ’90, la
fuerza favorita a la hora de reprimir conflictos sociales, y la preferida en
los crecientes procesos de militarización, como en Santa Cruz o el Hospital
Francés. Igual camino sigue la Prefectura, cuyo grupo de elite Albatros tuvo
intervención en conflictos gremiales como el de los trabajadores pesqueros de
tierra en el puerto de Mar del Plata o el del Casino.
No es ajena a este incremento la influencia del entrenamiento
y “capacitación” para enfrentar conflictos de baja intensidad, bajo la excusa
de la “guerra global contra el terrorismo”, que todas las fuerzas de seguridad,
y en particular, sus grupos de choque y desplazamiento rápido, vienen
recibiendo, en forma creciente, por parte de EEUU. Además de los cursos,
programas de “intercambio”, ejercicios conjuntos y otras iniciativas del
Ministerio de Defensa y el Departamento de Estado norteamericanos, hay un
constante aporte en tecnología y pertrechos.
La creación de policías municipales son un elemento de
perfeccionamiento y descentralización de la tarea represiva estatal que permite
una mayor efectividad y control sobre los territorios más pobres del conurbano
bonaerense.
Párrafo aparte merecen las estructuras de seguridad,
custodia o vigilancia privadas, generalmente dirigidas por miembros de alto
rango del aparato represivo oficial, en retiro o en actividad. Sus integrantes,
en la mayoría de los casos, son también personal de las fuerzas, incluyendo
exonerados, disponibles o suspendidos por delitos diversos, lo que hemos
probado una y otra vez, desmintiendo lo que declama la letra de las leyes y
reglamentos.
El reciente asesinato de Mariano Ferreyra hace visible el
uso de patotas paraestatales, en general dirigidas o compuestas por elementos
de choque vinculados a la estructura del partido de gobierno (punteros
barriales, “batatas” sindicales o miembros de barras bravas de fútbol), que
toman en sus manos, en apariencia “privadas”, la represión a los trabajadores
organizados por fuera de las burocracias. Este mecanismo, que ha usado con
particular predilección el gobierno asumido en 2003 y reelecto en 2007, tiene
la enorme ventaja de poner al aparato represivo oficial a resguardo de
eventuales críticas, al tiempo que sirve para anatemizar la organización
independiente de los trabajadores. Siempre que pueden, ante los ataques de las
patotas, los medios titulan “batalla
entre sectores sindicales”, sin distinguir, deliberadamente, entre las
burocracias oficialistas y los delegados o comisiones internas no burocráticas.
A poco de cerrar la recepción de datos para este Archivo,
mientras seguimos preguntando dónde están Jorge Julio López, Luciano Arruga, Luciano
González, y medio centenar más de desaparecidos en “democracia”, la policía de
Santiago del Estero sumó el nombre de Juan Ramón Díaz, de 23 años, a esa lista.
También es constante, aunque con una incidencia muy menor en
el total, el número de hechos que podemos denominar “intrafuerza” o
“intrafamiliar”, es decir, episodios en los que víctima y victimario resultan
camaradas de una misma fuerza, o parientes. Se comprueba así que los
integrantes del aparato represivo del estado utilizan, para dirimir sus
conflictos personales, sus “internas” y hasta sus problemas conyugales o
familiares, los métodos, herramientas y recursos que el estado pone a su
disposición para cumplir su fin institucional. Como lo explicaba Rodolfo Walsh
hace casi medio siglo, “sus conflictos personales y aun sus pequeños incidentes
cotidianos suelen resolverse por la vía del arma reglamentaria”(1) .
Por último, es necesario destacar la persistencia, como
política de estado, de la sistemática aplicación de tormentos a personas legal
o ilegalmente detenidas, que en muchos casos ocasiona la muerte del torturado.
Una parte significativa de las muertes en cárceles y comisarías corresponde a
torturas seguidas de muerte, pese a lo cual no llegan a una docena las condenas
en todo el país por ese delito. Paralela y complementariamente al uso habitual
de métodos de tortura como el apaleamiento, el submarino seco (“bolsita”) o la
picana eléctrica, el aparato judicial es reacio a calificar hechos obvios de
tortura como tales, porque esa figura legal señala con más claridad que ninguna
otra la responsabilidad institucional. Jueces y fiscales, así como compiten por
quién usa más tipos alternativos (apremios, severidades o vejaciones), todos
excarcelables, y que permiten poner rápidamente en la calle a los torturadores,
agudizan su inventiva para caratular escandalosamente “homicidio
preterintencional en concurso con vejaciones”, o bien “homicidio calificado en
concurso con apremios”, clarísimos casos de tormento seguido de muerte. Mucho
menos aplican la figura que alcanza a los superiores jerárquicos por la
facilitación de la tortura(2).
En relación a las muertes en las comisarías, cabe destacar
también que la gran mayoría de las personas que luego fallecen, no estaban
detenidas por delitos y a disposición de un juez, sino que habían sido víctimas
de arrestos policiales para establecer identidad (averiguación de antecedentes)
o contravenciones y faltas, probando así que estas facultades de las fuerzas de
seguridad para detener personas arbitrariamente son clave para brindar la
ocasión para la tortura.
El estado hace una defensa irrestricta de las normas que
permiten a las policías detener indiscriminadamente “sospechosos”, cuyo perfil
siempre coincide con lo que ellos mismos describen como “morocho, joven y de
barrios conflictivos”. Esa defensa institucional de las faltas, contravenciones
y la averiguación de antecedentes incluye mantener incumplida la sentencia de la Corte Interamericana
de DDHH en el Caso Bulacio que ordenó a la Argentina, hace más de seis años,
derogarlas por ser contrarias al Pacto de San José de Costa Rica. Sobre esos
inverosímiles suicidios en cárceles y comisarías, decía también Walsh, en el
artículo citado: “Como todo el mundo sabe, la melancolía que inspiran las altas
paredes de una celda fomenta negras ideas en los jóvenes débiles de espíritu,
los ebrios, los chilenos carteristas y, en general, la gente sin familia que
pueda reclamar por ella. Otro factor deprimente que acaso contribuya a la ola
de suicidios en tales calabozos son las inscripciones que dejan los
torturados”.
1) La secta del gatillo alegre: El enigma de La Matanza,
Rodolfo Walsh, 1968.
2) Nada más claro, para entender esta permanente política judicial en el marco del conjunto de las políticas represivas del estado, que el fallo dela Corte Suprema de
Justicia de la Nación, dictado en 2007, en el caso del comisario de la PFA René Jesús
Derecho. Se juzgaba un hecho puntual de tortura, cometido en 1988 por el
funcionario en una comisaría. La Corte decidió que, como “en democracia” la
tortura no puede considerarse sistemática, se trataba de un delito individual
ajeno a la categoría de crimen estatal. Por ende, tampoco era un delito de lesa
humanidad. Con ese razonamiento, resolvieron los cortesanos que la acción penal
estaba prescripta, liberando al funcionario de toda responsabilidad penal.
2) Nada más claro, para entender esta permanente política judicial en el marco del conjunto de las políticas represivas del estado, que el fallo de
Fuente: http://correpi.lahaine.org/?p=1016
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